Finalizó la inscripción para participar del Programa de Asistencia a Trabajadores del Turismo (PATT), apuntado a brindar sostén económico a los prestadores y prestadoras del sector cuyas fuentes de ingresos se han visto afectadas por la emergencia pública en materia sanitaria.
¿A quién está dirigido?
Personas humanas sin empleados/as en relación de dependencia a su cargo, que desarrollen actividades de guía de turismo registradas ante la Secretaria de Estado de Turismo Provincial y Municipal; choferes de pasajeros registrados en la Dirección de Tránsito Municipal; trabajadores y trabajadoras del sector que no hayan percibido ningún beneficio en el marco de la emergencia sanitaria y se encuentren bajo Ley de Contrato de Trabajo por Temporada (Ley 20.744 Título III, Capítulo III, debiendo acreditar “reserva de puesto” durante los períodos 2020 y 2021).
Las personas beneficiarias seleccionadas recibirán durante dos meses (Agosto y Septiembre) una remuneración equivalente $25.000 pesos y en concepto de contraprestación deberán acreditar 80 horas mensuales (divididas en 20 horas semanales) en diversas áreas municipales tales como: Colaboración con el Centro de Informes Turísticos; realización de Relevamientos de Hogares con fines estadísticos; Carga de Datos; Control de Protocolos BioSanitarios; etc.
Requisitos y Documentación a presentar:
Copia del DNI -anverso y reverso- Constatar un mínimo de 3 años de Residencia en la Localidad.
Encontrarse en estado de vulnerabilidad socioeconómica y desempeñarse en alguna actividad turística de las mencionadas.
Ser mayor de dieciocho (18) años, y menor de sesenta y cinco (65) años de edad.
Ser argentino (nativo, naturalizado o por opción) o extranjero con residencia permanente.
Residir legalmente en la República Argentina.
Estar registrado; habilitado y/o tributando ante la Municipalidad de El Chaltén por la actividad que solicita el beneficio.
En el caso de trabajadores con “reserva de puesto” los mismos deberán presentar sábana de aportes que compruebe su situación laboral durante los períodos 2020 y 2021.
En el caso de Monotributistas Categorías A; B y C cuya actividad laboral sea Guía de Turismo ó Chofer de Pasajeros deberán presentar: constancia de inscripción en AFIP, y acreditar alguna de las siguientes condiciones:
- Cinco (5) períodos consecutivos de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos, en los últimos doce (12) meses previos a la declaración de Emergencia Sanitaria (marzo 2020)
- Tres (3) meses consecutivos de inscripción a partir de marzo 2020
En caso de que no estés inscripto/a al impuesto por haberte dado de baja con posterioridad a la declaración de la pandemia, deberás adjuntar el formulario de reporte histórico de categorías que verifique el cumplimiento de alguna de las dos condiciones descriptas anteriormente.
En todos los casos, los solicitantes deberán acreditar fehacientemente que su actividad se relaciona con el sector turismo mediante documentación respaldatoria:
- Credencial habilitante para operar como guía de turismo.
- Certificado ó constancia expedido por la federación, cámara y/o asociación municipal y/o provincial y/o nacional de turismo, donde conste que presta un servicio turístico de los mencionados en el Programa.
- Certificación efectuada por un agente de viajes habilitado y/o facturas.
- Pago de cánones para operar como guías de parques nacionales o provinciales.
Los solicitantes podrán acompañar cualquier otro tipo de documentación que acredite fehacientemente que presta servicios vinculados al sector de carácter turístico. siendo condición necesaria contar con su actividad registrada ante la Municipalidad de El Chaltén.
Finalmente, deberán presentar Constancia de CBU de una cuenta de tu titularidad, donde se depositará el beneficio en caso de resultar seleccionado o seleccionada.
COMPATIBILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
La percepción de la prestación económica prevista por el PROGRAMA será compatible con:
– Asignación Universal por Hijo.
– Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
El ingreso y la permanencia en el PROGRAMA resultan incompatibles para aquellas personas que:
– Sea propietaria de más de Un (1) bienes inmuebles.
– Posean empleo formal registrado (a excepción del trabajador con reserva de puesto que deberá acreditar su situación mediante la documentación mencionada). Las personas que se encuentren en relación de dependencia bajo cualquier modalidad, tanto en el sector público como en el privado y/o que tengan uno o más empleados/as en relación de dependencia a su cargo.
– Sean prófugos de la justicia.
– Sean titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial.
– Perciban ó hayan percibido un subsidio o prestación monetaria con fines de empleo y/o – capacitación otorgados por el Estado Nacional ó Municipal.
– Perciban pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección. Perciban jubilación contributiva o no contributiva. Perciban pensiones a la vejez o por invalidez establecidas por Ley N° 13.478 y Modificatorios. Perciban pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por Decreto N° 894/16. Perciban pensión por Incapacidad.
– Perciban o hayan percibido prestación o subsidio por desempleo reconocido por pérdida de un empleo.
– Sean mayores de 65 años que se encuentren en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de los previstos en el Sistema de Seguridad Social.
– Realicen alguna prestación social y/o de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no gubernamentales.